Se habla de intrusismo para referirse a personas que ejercen actividades reservadas para una profesión determinada sin tener el título habilitante.
El intrusismo no es algo privativo de una profesión ni de un lugar en particular. Agrupaciones de profesionales en todo el mundo realizan acciones para evitar el intrusismo.
En el caso de los profesionales de la psicología, la Resolución N° 1254/18 regula las actividades reservadas a los títulos de psicólogo y licenciado en psicología. Esto implica que solo quiénes ostenten esos títulos pueden ejercer las actividades allí nominadas.
El intrusismo puede constituir un delito.
El artículo 247 del Código Penal Argentino señala que: «Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente.»
¿Qué tenemos que tener presente cuando consultamos a un psicólogo?
Cuando vamos a buscar un/a profesional psicóloga/o, hay que chequear que tenga matrícula habilitante. Por otra parte, en los consultorios debe exhibirse el título. Ante la duda de un presunto ejercicio ilegal, puede recurrir al colegio profesional de cada provincia o entidad que regule la matrícula en dicha jurisdicción. Y en su caso, realizar las denuncias correspondientes para que se realice una investigación.
¿Qué tenemos que tener presente a la hora de elegir una carrera?
Hay una oferta enorme de formaciones de todo tipo, algunas abaladas por el Ministerio de Educación, otras privadas. Entonces, chequear cuando elegimos una formación, cuál es la habilitación, si está respaldada o no por el Ministerio, cuál es el perfil del egresado, para qué nos habilita y de qué acto administrativo surge. Es útil también buscar si hay una ley que regule el ejercicio profesional.